¿Qué me subvencionan? 2011
1. Serán objeto de subvención los siguientes gastos, en función del tipo de solicitante que se señala en el apartado 2 de esta base:
a) Adquisición mediante compraventa de ordenadores con un lector de D.N.I. electrónico cada uno, que podrá ser externo o incorporado al mismo. Todos los equipos y componentes adquiridos deberán ser nuevos y de primer uso y deberán estar destinados a la gestión. La suma de ordenadores subvencionados no podrá superar el número de trabajadores que tenga la empresa. En el caso de los trabajadores autónomos se subvencionará solamente un ordenador.
b) Adquisición mediante compraventa de tantas impresoras multifunción con escáner incorporado destinadas a la gestión como equipos se hayan subvencionado según la letra anterior. Todos los equipos y componentes adquiridos deberán ser nuevos y de primer uso y deberán estar destinados a la gestión. Los gastos presentados por este concepto no podrán ser mayores que los de la letra anterior.
c) Programas informáticos destinados a la gestión y programas antivirus que sean de primera implantación. Se subvencionarán también aquellos programas de gestión que puedan ejecutarse en un dispositivo móvil. Quedan excluidos, por tanto, los programas informáticos destinados a la producción, así como actualizaciones de software y renovación de licencias.
d) Diseño e implantación de páginas web referidas a la actividad empresarial. Deberán disponer de navegación por menús, contener como mínimo páginas de presentación de la empresa, actividad de la misma, localización, contacto e información de los productos o servicios que ofertan.
e) Adaptaciones en las páginas web que supongan cambios cualitativos importantes sobre la versión anterior. Mejoras para optimizar el posicionamiento en buscadores de la web site de la empresa. Traducción de contenidos de la web site de la empresa a otros idiomas. Análisis, diseño e implantación de la empresa en las redes sociales.
f) Pago por cada servicio contratado de aplicaciones de gestión en modo SaaS (Software as a Service). Estos servicios deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles.
g) Sistemas de gestión financiera con facturación electrónica, con obligación de utilizar una firma electrónica avanzada para garantizar su autenticidad e integridad. Estos sistemas deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles. Requisitos técnicos descritos en el portal http://www.facturae.es
h) Sistemas B2B (Business-to-Business), B2C (Business-to-Customer) de compraventa de productos y servicios por parte de la empresa a través de Internet o B2E (Business to employees) que permite a los trabajadores acceder de forma remota a la intranet de la empresa y que deberán ser accesibles mediante dispositivos móviles.
i) Implantaciones de ERPs (Enterprise Resource Planning). Estos sistemas deberán poder ejecutarse también vía internet y ser accesibles mediante dispositivos móviles.
A efectos de lo dispuesto en las letras d) y e), los dominios cuyas webs sean objeto de la solicitud deberán ser propiedad del solicitante.
En todos los casos quedan excluidos los gastos asociados a la carga de datos, así como los gastos de formación, contenidos, migraciones e instalación.
2. Los diferentes destinatarios de esta convocatoria podrán solicitar subvención para los siguientes gastos:
a) Los trabajadores autónomos, las pymes que ocupen hasta 3 trabajadores inclusive y las asociaciones empresariales: para todos los gastos subvencionables del apartado 1.
b) Las pymes que ocupen a más de 3 trabajadores y menos de 10: para los gastos establecidos en las letras c), d), e), f), g), h), i) del apartado 1.
c) Las pymes que ocupen a 10 trabajadores o más: para los gastos establecidos en las letras e), f), g), h), i) del apartado 1.
A efectos del cálculo del número de trabajadores, se tendrá en cuenta exclusivamente la información que aparece en el Informe de trabajadores en alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (ITA).
3. El plazo para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el día 16 de octubre de 2010 y el 15 de septiembre de 2011, lo cual se acreditará mediante la fecha de facturación.
4. Para la adquisición y contratación de cualquiera de los elementos subvencionables anteriormente relacionados, los solicitantes podrán acudir a los proveedores que estimen oportunos teniendo en cuenta lo dispuesto en la base 6 apartado 3.c), en relación a aquellos gastos que superen los 12.000 euros (IVA excluido).
- Subvenciones TIC 2011
- ¿Quiénes pueden acudir a las subvenciones?
- ¿Qué me subvencionan?
- ¿Cuáles son los plazos?
- ¿Cómo las pido?
- ¿Cuánta subvención me dan?
- ¿Cómo es el proceso de gestión de mi solicitud?
- ¿Qué debo cumplir?
- ¿Cómo las cobro?
- ¿Cómo me notifican los temas relacionados con mi solicitud?
- ¿Puedo solicitar ayudas a otras convocatorias por los mismos conceptos?
- Tramitación telemática paso a paso.
- ¿Qué certificados digitales son válidos para realizar las solicitudes? - DNIe - CAPICOM
- Normativa completa
- Directorio de Empresas Proveedoras de Servicios TIC
- Subvenciones TIC 2010 - Información general.






