¿Qué debo cumplir?  2011

1. Los beneficiarios de la subvención deberán cumplir, además de las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral de Subvenciones, las siguientes obligaciones específicas:

a) Disponer de, al menos, una dirección de correo electrónico que se compruebe diariamente por el beneficiario en su jornada laboral. Esta dirección se facilitará en la solicitud de subvención y a través de la misma la Administración podrá realizar cualquier comunicación posterior al beneficiario.

b) Justificar los gastos y pagos correspondientes a la inversión en la forma establecida en la base 10.

c) Los bienes inventariables objeto de la presente subvención deberán quedar adscritos a la empresa al menos durante un plazo de tres años a contar desde la fecha de adquisición de los mismos.

2. El incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las resoluciones de concesión, en estas bases reguladoras o en la Ley Foral de Subvenciones, dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida o, en su caso, al reintegro de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Foral.

Asimismo, el incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones anteriores podrá dar lugar a reajustar el importe de la subvención concedida en aplicación del principio de proporcionalidad o, en su caso, al reintegro de la cantidad correspondiente.